Si tenéis contratos temporales, jornadas reducidas o trabajadores que lleven menos de 12 meses en la empresa y os surgen dudas al respecto: debéis solicitar el Informe anual medio de trabajadores de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda en la sede electrónica de la seguridad social (si disponéis de asesor contable/fiscal probablemente os pueda hacer ese trámite). A la cifra que obtengáis del informe debéis sumar el número de autónomos societarios y autónomos colaboradores que estén trabajando.